Corrientes: ladrones se pelearon y olvidaron el botin en plena calle

Dos jóvenes se tomaron a golpes, el viernes a la tarde, en Azcuénaga y Saavedra, en el barrio Antartida Argentina. Después se alejaron en distintas direcciones cuando comenzaron a salir vecinos. Pero curiosamente dejaron «olvidada» una mochila que contenía, entre otras cosas, la cartera que sería de una mujer.

Al rato, una patrulla de Policía demoró a uno de ellos al otro lado de avenida Independencia, en el barrio Santa Teresita.
Brian Ezequiel (22), quien cuenta con prontuario de robos y hurtos, reconoció la mochila como suya, pero no dio alguna precisión sobre lo que contenía, ni de la persona a quien podría pertenecer

Quiso llevarse una moto a la rastra y el dueño lo descubrió

Un delincuente con prontuario y antecedentes por robos y hurtos volvió a caer en manos de la Policía de la manera más torpe, cuando intentó llevarse a la rastra una motocicleta que estaba al frente de una vivienda, con las medidas de seguridad colocada.

El dueño advirtió el hecho y persiguió al delincuente para recuperar el rodado. Minutos después, los efectivos del GRIM 2 capturaron al ladrón. Fue a la medianoche de ayer, cuando J. A. Solís, de 28 años, llegó hasta calle Chervín y Lombardero en el barrio Esperanza y pretendió llevarse una moto que estaba sobre la vereda, frente a una vivienda.

El dueño del vehículo, que estaba atento, notó que un joven se acercó a la moto que tenía candado colocado y comenzó a arrastrarla para llevársela y lo salió a perseguir. El maleante arrojó el vehículo y escapó, pero la víctima ya había llamado a la Policía que lo localizó unas cuadras más adelante y lo demoró.

Corrientes: evacuaron la Facultad de Medicina por un posible artefacto explosivo

La Facultad de Medicina de la UNNE debió ser evacuada de urgencia luego de que hayan recibido una amenaza de bomba.

«Recibimos a través del campus virtual una amenaza de bomba y proseguimos al protocolo de evacuación. Estamos esperando el resultado de la revisación por parte del personal de seguridad para ver si hay algún artefacto.

No nos precisaron un lugar, nos dijeron solamente que hay una bomba y nada más», informó el decano de esa casa de estudio, Mario Pagno, sobre el episodio que mantuvo en alerta a todo el personal presente.

A su vez, comentó que en el lugar se encuentran trabajando gendarmes y policías con el objetivo de determinar si realmente hay un artefacto explosivo en el edificio que está ubicado por calle Moreno 1240.   Además, dijo que van a realizar la denuncia correspondiente por el hecho.

Luego, recordó que el año pasado ya habían recibido una falsa amenaza por una supuesta bomba. «Llama mucho la atención porque ni siquiera estamos en semanas de examen», manifestó Pagno en diálogo con Radio Dos, y añadió que situaciones como provocan que se altere todo el funcionamiento de la facultad.

Por último, dijo que para retornar a las actividades dependerán de cuanto tarden los efectivos en revisar todo el edificio.

Una embarcación se dio vuelta en corrientes: hallaron uno de los cuerpos y hay dos desaparecidos

Dos jóvenes son buscados de manera intensa, mientras que un cuarto logró nadar hasta la orilla y ponerse a salvo.
Un joven murió y otros dos son buscados de manera intensa luego de que una embarcación, en la que viajaban cuatro personas que fueron a pescar al río Paraná, en Corrientes, se diera vuelta.

El trágico hecho, y por el que se armó un amplio operativo, sucedió el pasado sábado 8 de marzo cuando cuatro jóvenes se embarcaron para ir a pescar a la localidad correntina de Esquina.

Aun así, en medio del trayecto, el barco se dio vuelta y todos los ocupantes cayeron al río. Uno de los jóvenes logró nadar hasta la orilla y pedir ayuda, sin embargo se tuvo que realizar un operativo de urgencia ya que a los otros tres chicos no los encontraban.

Este domingo las autoridades informaron que se halló el cuerpo de Alejandro Vega, aunque siguen sin aparecer los otros dos jóvenes.

Frente a este escenario, este lunes se confirmó que continúan los rastrillajes por aire, tierra y agua, junto con la ayuda de dos embarcaciones y de drones.

En los operativos trabajan personal de la Unidad Especial de Seguridad Rural y Ecológica de Esquina y Goya, Prefectura Naval Argentina, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Flora y Fauna, y civiles.

Las dos personas que todavía restan ser halladas fueron identificadas como Nicolás Álvarez y Nahuel Alegre.

Generación Zoe en Corrientes: se conocerá el veredicto contra Leonardo Cositorto y otros cinco imputados

El líder y los demás están acusados de asociación ilícita y estafa.
El veredicto contra Leonardo Cositorto y otros cinco imputados en la provincia de Corrientes por la presunta mega estafa de Generación Zoe se da a conocer mañana en el Tribunal de Goya.

Luego de que hayan concluido la etapa de alegatos, donde la Querella y la Fiscalía pidieron que se los encuentre culpables de los delitos de asociación ilícita y estafa, este viernes desde las 8.30 se conocerá el veredicto.

Previo a la lectura de culpabilidad y condena, Cositorto, Miguel Ángel Echegaray, Maximiliano Javier Batista, Lucas Damián Camelino, Nicolás Ismael Medina y Javier Sebastián Medina podrán decir sus últimas palabras frente al tribunal.

Luego de lo manifestado por los acusados, se resolverá la responsabilidad penal o no mediante un veredicto de inocencia o culpabilidad.

A principio del debate Cositorto intentó hacer un arreglo económico con los más de los 98 damnificados, y pese a que las diversas conversaciones habían llegado a buen puerto, los fiscales no aceptaron el acuerdo.

Se trata del primer juicio que afronta el líder de la organización, debido a que tiene otros procesos judiciales en otras provincias y ciudades de la Argentina.

En este sentido, en medio de la tardanza por el avance de los demás procesos, dos de los acusados que estaban presos en Córdoba fueron liberados por una curiosa tardanza.

Norman Próspero y Silvana Abellonio fueron liberados debido a que se les vencieron el plazo máximo de cárcel con prisión preventiva, la cual es de tres años, según establece el Código Penal y al no haber fecha del inicio del juicio, se ordenó que ambos esperan el comienzo del debate desde sus domicilios.

Acusado de los incendios forestales en Corrientes quedó libre por falta de pruebas

Los tres magistrados votaron en forma unánime, destacando que ni siquiera hay indicios concretos de su participación en los atentados incendiarios. La investigación por los hechos vuelve ahora a foja cero para la Justicia.

Luego de los efusivos anuncios de la detención del primer acusado por los incendios forestales, que mantuvieron en jaque casi dos semanas al centro de la provincia, la Justicia ordenó ayer liberar en forma inmediata al único acusado, ya que el Tribunal de Revisión de Mercedes no logró hallar ninguna evidencia que lo relacione directamente como el iniciador del fuego que arrasó con más de 800 hectáreas de pastizales y una forestal. Los jueces apuntaron contra el fiscal Facundo Cabral y dijeron, que «no logró acreditar pruebas de la responsabilidad de Rolón, como autor de los incendios».

El Tribunal de Revisión de la localidad de Mercedes, conformado por Carlos Martínez, Jorge Esper y Cesar Ferreyra, de manera unánime ordenó la inmediata libertad, de A. Rolón, acusado inicialmente de provocar los incendios forestales en la zona, considerando puntualmente que «no tiene relación con los hechos que se están investigando», mencionaron los magistrados.

En un primer momento la Justicia había dicho que, el ahora liberado, circulaba el 8 de febrero en su automóvil y en la intersección de la Ruta 123 y a la altura del kilómetro 159,5 bajó y con un encendedor prendió fuego a unos pastizales. Tan específica fue la afirmación del fiscal Cabral que los jueces del Tribunal de Revisión, no hallaron en todo el expediente presentado, una prueba que sostenga semejante acusación. De hecho, los jueces aseguran que «el Fiscal no logró acreditar, la participación del hombre en los hechos que le imputaron y por ello la votación por su liberación fue unánime», corroboró luego el abogado Juan Carlos Vischi, quien lleva adelante la defensa técnica del acusado. Desde su detención la semana pasada, el sindicado estuvo con prisión preventiva, decretada por la jueza de Garantías de Mercedes, Simy Benasayag, por el supuesto delito de «incendio y estrago doloso».

A foja cero


Tras la decisión del Tribunal, la investigación que recayó en manos del fiscal Facundo Cabral vuelve de alguna manera a foja cero. Desde un primer momento, las autoridades provinciales indicaron que los incendios forestales fueron provocados adrede, pero no se tenía exactamente datos concretos sobre quién o quiénes eran los responsables. Datos «anónimos» llevaron a la Justicia y a la Policía hasta el único detenido. Ahora habrá que analizar las pruebas y saber si se sigue sobre la misma pista o se profundiza por otras hipótesis y sospechosos. Pese a que los magistrados ordenaron su inmediata libertad, Rolón aún es una persona de interés para la causa, por lo que deberá presentarse cada 15 días en la Comisaría de Guaviraví, localidad donde fue arrestado la semana pasada tras un allanamiento ordenado por la Justicia y llevado a cabo por efectivos de la Unidad Especial Policía Rural y Ecológica, donde secuestraron además un encendedor, un teléfono celular y su automóvil.

El STJ ratificó la condena a 10 años de prisión para un hombre por abuso sexual simple

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de un hombre condenado por abuso sexual simple, amenazas coactivas, exhibiciones obscenas calificadas y robo agravado. De esta manera confirmó la pena de 10 años de prisión impuesta por el Tribunal Oral Penal N° 2.

En la Sentencia N° 4 del 2025 el STJ rechazó el recurso de casación y confirmó la condena de 10 años de prisión efectiva para un hombre por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE, AMENAZAS Y EXHIBICIONES OBSCENAS CALIFICADAS Y AMENAZAS COACTIVAS” (art. 119 párrafo primero, art. 149 bis último párrafo del Código Penal) en calidad de autor material (art. 45 del CP) y “ROBO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO EN POBLADO Y EN BANDA” (art. 167 inc. 2 del Código Penal), en calidad de coautor material, art. 45, 40 y 41 del C.P. TODOS EN CONCURSO REAL (art. 55 del Código Penal) confirmando la condena del Tribunal de Juicio N° 2 de la Ciudad de Corrientes.

El recurso

La defensa del hombre cuestionó la sentencia alegando que la pena no había sido suficientemente fundamentada. Sostuvo que el Tribunal no explicó con claridad los motivos por los cuales impuso la pena de 10 años de prisión y que se habían valorado de manera inadecuada tanto las circunstancias del hecho como las condiciones personales del acusado. Además, argumentó que el condenado no tenía antecedentes penales computables, lo que debería haber sido considerado como un atenuante.

También solicitó que se dejara sin efecto la prohibición de contacto con las víctimas, ya que, según la defensa, esta medida no había sido solicitada ni por el fiscal ni por la Asesora de Menores.

El dictamen del Fiscal General

El Ministerio Público Fiscal consideró que la sentencia del Tribunal de Juicio estaba correctamente fundamentada y que la pena impuesta era proporcional a la gravedad de los delitos cometidos. En su dictamen, sostuvo que “no se advierte vicio alguno que torne absurdos o arbitrarios los fundamentos del fallo en relación al monto de la pena impuesto”, y que la defensa solo expresó una “mera disconformidad” sin demostrar errores jurídicos en la decisión.

La decisión del STJ

En su argumentación el doctor Alejandro Alberto Chain sostuvo que el fallo impugnado estaba debidamente fundamentado, ya que; “relacionaba de manera razonada las pruebas con la responsabilidad del imputado”. Agregó además que en la condena del Tribunal se encuentra “determinaba con claridad la calificación legal del hecho y la pena correspondiente y se ajusta a principios lógicos y jurisprudenciales que garantizan la validez de las decisiones judiciales”.

En este sentido, el doctor Chain citó doctrina de la Corte Suprema que establece que la doctrina de la sentencia arbitraria no se aplica a meras discrepancias con la valoración de pruebas por parte de los jueces.

El voto del doctor Alejandro Alberto Chain fue respaldado por por los ministros del STJ doctores; Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

Corrientes: sin fuego activo en la provincia debido a las lluvias

El coordinador del Comando Operativo de Emergencias de Corrientes, informó que «a las 13 de este jueves no tenemos focos activos de incendios en la provincia». Y aseguró que «a esta hora la situación está totalmente controlada», merced a las lluvias de las últimas horas y el trabajo de bomberos y brigadas, por tierra y aire, indicando que donde no hubo precipitaciones, se mantienen guardias de cenizas.

“Se espera que las condiciones de mal tiempo se sostengan durante todo el día en el territorio”, sostuvo el funcionario sobre la situación que se da en el interior provincial ante las lluvias caídas.

Además, detalló que el promedio de agua caída fue de 15 o 20 milímetros en algunos sectores y “en otros sectores superó esa cantidad de mm”, indicó.

A su vez, remarcó que si bien en la zona de Santo Tomé y San Carlos no se registraron lluvias “se mantiene la guardia de ceniza” pero “la situación es totalmente controlada”, añadió para cerrar.

Corrientes: el STJ confirmó la condena a un hombre que abusaba de su hermana de 13 años

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral Penal de Mercedes de diez años de prisión para un hombre que abusaba de su hermana menor. Se trata de un caso de abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por el vínculo y la situación de convivencia entre el hombre y la víctima en modalidad de delito continuado.

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmó la condena impuesta en la Sentencia N° 54/20 por la que se condenó a diez años de prisión a un hombre que abusaba de su hermana menor.


La sentencia fue dada a conocer tras un exhaustivo análisis del caso, que incluyó la valoración del testimonio de la víctima y otras pruebas que resultaron claves para el dictado del fallo.


La víctima, que en el momento de los hechos tenía 13 años, relató detalladamente los episodios de abuso en distintas declaraciones, las cuales fueron evaluadas por el Tribunal en conjunto con otros elementos probatorios. A pesar de que no hubo testigos directos del abuso, la declaración de la víctima fue clave para el proceso judicial, junto con informes psicológicos que confirmaron la coherencia de su relato.


El acusado apeló la condena en busca de una revisión de la sentencia, argumentando que el testimonio de la víctima era insuficiente y que no había pruebas directas que lo vincularan con los hechos. Sin embargo, el Tribunal de Casación no encontró fundamento para modificar la decisión tomada en primera instancia.
Resolución del Superior Tribunal de Justicia


En su fallo, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la defensa y ratificó la sentencia condenatoria. El Tribunal resaltó que la declaración de la víctima, junto con los informes de psicólogos forenses, fue suficientemente clara y coherente como para considerar al acusado culpable del delito.


El Tribunal subrayó que, en casos como este, no es necesario contar con una gran cantidad de testigos, ya que el testimonio de la víctima, cuando es creíble y está respaldado por otras pruebas, puede ser determinante. En este caso, las pruebas indirectas, como los informes psicológicos y el testimonio de testigos de oídas, ayudaron a corroborar la veracidad de la versión de la menor.


Conclusiones y Argumentos del Doctor Alejandro Alberto Chain


El voto del Doctor Alejandro Alberto Chain fue clave para la resolución del caso. En su análisis, Chain resaltó la importancia de considerar la credibilidad del testimonio de la víctima, destacando los criterios establecidos por el catedrático Jaime Naquira sobre la evaluación de los testimonios infantiles. Naquira señala tres aspectos fundamentales para valorar un testimonio infantil: la estructura lógica, la producción inestructurada del relato y la cantidad de detalles proporcionados. Chain argumentó que estos criterios fueron cumplidos por la menor, lo que otorgó credibilidad a su relato.


Según Chain, «el testimonio de la víctima, evaluado en conjunto con las demás pruebas producidas, resultó claro, veraz, seguro y coherente, sin motivos para restarle credibilidad». Además, destacó que «en el fuero penal no existe un sistema de prueba tasada, es decir, no importa la cantidad de testigos, ya que el juez tiene la facultad de valorar el conjunto probatorio aplicando las reglas de la lógica y la experiencia».


Otro punto relevante señalado por Chain fue la cuestión del principio «in dubio pro reo», que establece que en caso de duda sobre la culpabilidad de un acusado, debe resolverse a favor del acusado. Sin embargo, Chain sostuvo que, en este caso, no existía incertidumbre en el plexo probatorio que justificara la aplicación de este principio, ya que las pruebas eran claras y suficientes para confirmar la culpabilidad del acusado.


Chain también destacó que, aunque no existieran pruebas gráficas o documentales debido a la naturaleza del delito, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental. En este sentido, el fallo rescató el pensamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que afirma que, en los casos de agresiones sexuales, «la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho», debido a la falta de testigos directos y la intimidad en la que suelen ocurrir estos delitos.


Dicha fundamentación fue acompañada por los ministros; doctor Eduardo Panseri, doctor Guillermo Horacio Semhan, doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y doctor Fernando Augusto Niz.

Corrientes: falleció una de las fundadoras de la comparsa Ará Berá

El Carnaval se encuentra de luto, Zulema Rasmussen fue una de las fundadoras de la Comparsa Ará Berá, tenía 103 años y era fanática de la fiesta del Momo.

Desde los primeros días de Ará Berá, Zulema estuvo presente, abriendo las puertas de su casa para ensayos y compartiendo su amor por la cultura con todos los que se sumaban a ese sueño. Su casa se convirtió en el lugar donde nacieron los primeros ritmos, los primeros pasos, y donde la pasión por el carnaval se forjó con fuerza.

A través de los años, nunca faltó a un show, siempre con una sonrisa, siempre con ese espíritu generoso que la caracterizaba. Desde los corsos de barrio en 1961 hasta su presencia en los palcos, Zulema fue testigo y protagonista del crecimiento de Ara Berá, contagiando su energía y amor por la música, la danza y la tradición.